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Consejo de Estado negó recurso de anulación presentado por el Distrito de Barranquilla y avaló la competencia del tribunal arbitral para resolver controversias financieras y contables derivadas del contrato de concesión suscrito con SF Convías

Escrito por  Jul 23, 2025

El Consejo de Estado declaró infundado el recurso extraordinario de anulación promovido por el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla contra el laudo arbitral que resolvió una controversia contractual con SF CONVÍAS SAS. La disputa surgió por el incumplimiento en el pago de contraprestaciones económicas e intereses relacionados con vigencias futuras del contrato de concesión celebrado en 2010. El Distrito adujo caducidad de la acción y falta de competencia del tribunal arbitral para decidir el caso, argumentando que algunas cuestiones debieron someterse a un amigable componedor. Sin embargo, el Consejo reafirmó que el término para presentar la acción en contratos de tracto sucesivo inicia desde la terminación o liquidación del contrato, no desde los hechos que la motivaron, y que el tribunal sí tenía competencia para resolver temas financieros y contables relacionados con el contrato. Por lo tanto, desestimó las excepciones de caducidad y competencia presentadas, confirmando la legalidad del laudo que condenó al Distrito al pago reclamado. 

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Modificado por última vez en Martes, 22 Julio 2025 20:26