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CRA explicó la figura de "aportes bajo condición"

Escrito por  Mar 07, 2025

La figura de "aportes bajo condición", según la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), se define en el artículo 87.2 de la Ley 142 de 1994. Esta figura permite que entidades públicas aporten bienes o derechos a las empresas prestadoras de servicios públicos, con la condición de que su valor no se incluya en el cálculo de las tarifas cobradas a los usuarios. Esto asegura que los costos de dichos aportes no impacten las tarifas que deben pagar los suscriptores. La normativa estipula que, al aceptar estos aportes, la empresa no debe trasladar su valor a los usuarios, manteniendo la claridad en la estructura tarifaria. Además, el artículo 36 de la Ley 2079 de 2021 refuerza esta condición al requerir que, tras la entrega de infraestructura apta, su valor tampoco sea considerado en el cálculo tarifario. Así, los aportes bajo condición buscan evitar que los usuarios asuman costos que no corresponden directamente a los servicios que reciben.

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Modificado por última vez en Jueves, 06 Marzo 2025 19:45