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Consideraciones de la CRA sobre la facturación conjunta entre empresas de energía y servicios públicos de aseo

Escrito por  Feb 10, 2025

La CRA se pronunció sobre la práctica de la facturación conjunta entre empresas de energía y servicios de aseo, enfatizando que dicha facturación debe regirse por las disposiciones establecidas en la Ley 142 de 1994 y las resoluciones pertinentes, especialmente la Resolución CRA 943 de 2021. En esta resolución se detalla la metodología de cálculo de costos vinculados a la facturación conjunta, incluyendo costos de vinculación, ciclos de facturación y costos adicionales. Se establece que la facturación conjunta es obligatoria y debe respetar principios de libre competencia, sin imponer condiciones que puedan abusar de una posición dominante en el mercado. Además, los costos asociados deberán ser justificados adecuadamente por los prestadores del servicio y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios supervisará estos procesos. La CRA destaca la necesidad de mantener equidad y transparencia en la facturación conjunta para proteger a los consumidores.

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Modificado por última vez en Domingo, 09 Febrero 2025 19:05