La CREG definió un cargo transitorio para la generación de energía eléctrica en sistemas centralizados solares fotovoltaicos, tanto con y sin almacenamiento, en Zonas No Interconectadas (ZNI). Esta medida busca garantizar la prestación continua del servicio público de energía eléctrica a comunidades que no están conectadas a la red nacional, promoviendo el acceso a energía sostenible y asequible. La resolución también deroga varios artículos de normativas anteriores, actualizando así el marco regulatorio para la generación en estas áreas. Se destaca la importancia de estos sistemas para beneficiar a usuarios en regiones como la Alta Guajira, donde se han implementado microrredes con capacidad de hasta 10 kWp, diseñadas para atender a múltiples usuarios en un área limitada. La resolución es un paso significativo hacia la mejora de la infraestructura energética en zonas vulnerables.