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SuperSociedades no puede conferir beneficios económicos para los acreedores que participan en un proceso de insolvencia

Escrito por  Dic 10, 2020

De acuerdo con el concepto publicado por SuperSociedades, ninguna de las atribuciones que le otorga la Ley le permite a la Superintendencia de Sociedades conferir auxilios ni beneficios económicos para los acreedores que participan en el proceso de insolvencia. La función de la Superintendencia en estos procesos es la de Juez del Concurso,

y en el proceso judicial se definirán las condiciones, términos y prelación de pagos de forma organizada, o la liquidación judicial del patrimonio del deudor, en términos de igualdad de conformidad con las normas establecidas. 

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:47