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SSPD reiteró que el servicio de alumbrado público es responsabilidad de los municipios

Escrito por  Dic 06, 2023

El servicio de alumbrado público, a pesar de ser un servicio público, no hace parte de los denominados “domiciliarios” y, por ende, no es objeto de supervisión por parte de la SSPD. Los responsables de la prestación del servicio de alumbrado público son los municipios. Para ello, dichos entes territoriales se encuentran facultados a prestarlo de manera directa, a través de empresas de servicios públicos domiciliarios, o incluso, por medio de otro tipo de prestadores que sean idóneos para prestarlo.

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Modificado por última vez en Martes, 05 Diciembre 2023 20:03