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SSPD: el usuario puede solicitar al prestador que el cobro del servicio público de energía eléctrica se realice de forma independiente al del impuesto de alumbrado público

Escrito por  Oct 26, 2023

El usuario puede solicitar al prestador que el cobro del servicio público de energía eléctrica se realice de forma independiente al del impuesto de alumbrado público, en los términos del artículo 1 del Decreto 828 de 2007. Para ello, el usuario debe dirigirse a las oficinas del prestador a fin de que el cobro del servicio se efectué a través de documento separado del tributo.

De igual forma, la Entidad indicó que, en concordancia con lo expuesto en la Sentencia C-150 de 2003, no es posible suspender los servicios públicos domiciliarios en hospitales y clínicas por la grave amenaza que esta actuación podría generar en los pacientes. En particular, una eventual suspensión podría vulnerar gravemente su derecho fundamental a la salud, en los términos de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 y demás normas concordantes.

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