El Consejo de Estado negó la medida cautelar de urgencia solicitada por Proalimentos Liber S.A.S. -en reorganización- contra la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC), en una demanda que busca la nulidad parcial de disposiciones del pliego de condiciones y de su primera adenda en una licitación para la contratación del servicio de alimentación de la población privada de la libertad. La empresa cuestionó las reglas que establecían reducciones de puntaje a proponentes por sanciones, multas, declaratorias de incumplimiento y otras conductas, al considerar que vulneraban la selección objetiva y carecían de fundamento legal. Sin embargo, la Sección Tercera concluyó que la suspensión perdió objeto, pues el contrato ya había sido adjudicado el 30 de noviembre de 2023 y los actos cuestionados habían cumplido su finalidad. Además, señaló que los argumentos sobre la presunta ilegalidad de las reglas corresponden al estudio de fondo de la demanda, no a la urgencia de la medida, que tampoco se solicitó oportunamente.