La Corte Constitucional analizó la responsabilidad estatal por muertes ocurridas en el marco de operaciones de rescate, a partir de un caso relacionado con la Operación Júpiter, en la que varios uniformados secuestrados fueron asesinados durante la intervención militar. La Sala reiteró que, conforme al artículo 90 de la Constitución, la responsabilidad exige acreditar un daño antijurídico y su imputación al Estado, cuyo título debe definirse según las circunstancias y pruebas de cada caso. También precisó que la actuación de un tercero no excluye automáticamente la responsabilidad cuando existe incumplimiento de deberes de protección, prevención o una deficiente ejecución de las acciones de defensa. En el caso concreto, concluyó que el Consejo de Estado incurrió en defecto fáctico al no valorar integralmente pruebas relevantes sobre la operación y ordenó proferir una nueva sentencia, con especial atención al informe de la Operación Júpiter y al testimonio del único sobreviviente.