El propietario de un inmueble consultó a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) sobre quién debe construir el tramo principal de alcantarillado requerido para su propiedad, ante la afirmación de la empresa prestadora (ESP) de que no existe red frente al predio. Asimismo, solicitó precisar las responsabilidades de la ESP y del municipio, además de la intervención de la SSPD. Precisó que las responsabilidades sobre la infraestructura de alcantarillado son compartidas: las redes principales corresponden al prestador; las redes locales, al urbanizador; y las acometidas e instalaciones internas, al propietario. Finalmente, señaló que la expansión del servicio es una responsabilidad conjunta, en la que el municipio garantiza su prestación y el prestador administra el sistema.