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DIAN define uso de depósitos judiciales y saldos a favor frente a deudas prescritas

Escrito por  Abr 22, 2026

La DIAN clarificó el uso de depósitos judiciales y saldos a favor ante Obligaciones Prescritas. La Entidad precisó la aplicación de títulos de depósito judicial y saldos a favor para saldar deudas tributarias cuya acción de cobro ha prescrito. La entidad determina que la procedencia de estos pagos depende fundamentalmente de la fecha en que los recursos fueron efectivamente recibidos por la DIAN, incluso si se trata de depósitos o embargos. Si los fondos ingresaron antes de que la prescripción operara y existe un acto administrativo firme que respalde su imputación, su aplicación es legal. De lo contrario, si la obligación ya estaba prescrita al momento de la consignación, no procede su compensación. Esta medida busca asegurar la legalidad y el debido proceso en la gestión de las obligaciones tributarias.

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Modificado por última vez en Martes, 21 Abril 2026 18:44