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Consejo de Estado delimitó la responsabilidad del Estado frente a errores en decisiones arbitrales

Escrito por  Feb 13, 2026

El Consejo de Estado delimitó la responsabilidad del Estado frente a errores en decisiones arbitrales al precisar que los laudos no son actos jurisdiccionales imputables a la Rama Judicial, sino decisiones adoptadas por particulares investidos transitoriamente de función jurisdiccional por voluntad de las partes. En ese sentido, el régimen de responsabilidad por error jurisdiccional del Estado no se aplica a los laudos arbitrales, pues estos no provienen de jueces estatales ni de la organización judicial. Así, la Rama Judicial carece de legitimación en la causa por pasiva y no puede ser demandada patrimonialmente por errores en el arbitraje.

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Modificado por última vez en Jueves, 12 Febrero 2026 19:43