La Entidad aclara aspectos sobre la reposición y especificaciones técnicas de medidores de agua en Colombia. El usuario es responsable de adquirir, instalar y mantener los medidores. Sin embargo, las empresas de servicios públicos definen las características técnicas, las cuales deben adherirse estrictamente a normativas como la Ley 142 de 1994, el Decreto 1077 de 2015, la Resolución 330 de 2017 (RAS) y las Normas Técnicas Colombianas (NTC) del ICONTEC. Es crucial que los medidores cuenten con aprobación metrológica de la SIC y que las calibraciones se realicen con laboratorios acreditados por la ONAC, garantizando precisión en el consumo. Las empresas garantizan los medidores por al menos tres años; luego, el costo de reparación o reposición recae en el usuario.