Imprimir esta página

Carece de objeto decretar suspensión provisional del pliego de condiciones de licitación USPEC por finalización del procedimiento precontractual al momento de la decisión, según el Consejo de Estado

Escrito por  Sep 25, 2025

El Consejo de Estado determinó que carece de objeto decretar la suspensión provisional del pliego de condiciones de la licitación pública USPEC-LP-002-2025 porque para el momento de la decisión el proceso precontractual ya había concluido con la adjudicación y la celebración del contrato. La suspensión provisional es una medida cautelar temporal que afecta la ejecutoriedad del acto administrativo, pero dado que el procedimiento estaba finalizado y el acto administrativo de adjudicación ya surtió efectos, dicha suspensión no tendría efecto práctico. Por ello, se negó la solicitud de medida cautelar relacionada con el "Descuentos de puntaje" en el pliego de condiciones.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 25 Septiembre 2025 08:55