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CRA precisa límites claros y explica la prohibición de exigir documentos excesivos para la terminación anticipada de contratos de servicios públicos

Escrito por  Sep 15, 2025

La CRA establece que, para la terminación anticipada del contrato de servicios públicos, el usuario debe presentar solicitud con preaviso máximo de dos meses y acreditar nuevo contrato con otro prestador o alternativas que no perjudiquen a la comunidad, según la Resolución CRA 845 de 2018. La empresa prestadora no puede negar la terminación ni exigir documentos adicionales no previstos en la normatividad, como certificado de libertad y tradición, poderes notariales o registros civiles. Debe tramitar la solicitud en máximo 15 días hábiles, respetando el derecho del usuario sin imponer requisitos indebidos.

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Modificado por última vez en Domingo, 14 Septiembre 2025 19:37