La Circular 081 de 2025 regula la contratación y actividades laborales de solicitantes de refugio y sus beneficiarios portadores del salvoconducto de permanencia SC-2. Permite que estos trabajadores ejerzan actividades laborales en Colombia bajo condiciones legales, garantizando derechos laborales como remuneración justa, seguridad social y no discriminación. Los empleadores deben verificar la vigencia del salvoconducto y registrar la información en el RUTEC para asegurar la correcta identificación y cumplimiento normativo. Se establecen sanciones administrativas, económicas y penales por el uso indebido del SC-2 o incumplimientos, incluyendo restricciones futuras para contratar extranjeros. El objetivo es promover la integración socioeconómica y proteger los derechos laborales de esta población.