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¿Cuáles son las diferencias entre el contrato de fiducia mercantil y el contrato de fiducia pública según el Código de Comercio y la Ley 80 de 1993?: Colombia Compra

Escrito por  Jun 17, 2025

Colombia Compra explica que el contrato de fiducia mercantil, regulado en el Código de Comercio, puede ser un encargo fiduciario o la constitución de un patrimonio autónomo. En el encargo fiduciario, la fiduciante entrega bienes para su administración sin transferir la propiedad, mientras que en el patrimonio autónomo, los bienes salen real y jurídicamente del patrimonio del fideicomitente para cumplir una finalidad específica. En contraste, la fiducia pública, creada por el numeral 5º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, no implica transferencia del dominio sobre bienes o recursos estatales ni la constitución de patrimonios autónomos; los recursos permanecen como patrimonio público y bajo control fiscal y presupuestal. Además, la fiducia pública está limitada a la administración o manejo de recursos vinculados a contratos estatales, sin permitir la delegación de adjudicación de contratos a fiduciarias. Por tanto, la fiducia mercantil se rige por normas comerciales con posible transferencia de dominio, mientras que la fiducia pública mantiene la naturaleza pública y control estatal de los recursos.

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Modificado por última vez en Lunes, 16 Junio 2025 18:29