La regulación de procesos societarios en riesgo o inicio de disolución, fusión, escisión, reorganización, reestructuración, liquidación o insolvencia busca establecer los criterios y obligaciones para que las empresas actúen con transparencia y responsabilidad ante situaciones que amenacen su continuidad. En este marco, los administradores deben informar al máximo órgano social cuando existan indicios de deterioros patrimoniales o insolvencia, y convocarlo para decidir sobre la continuidad o disolución de la sociedad, bajo responsabilidad solidaria por incumplimiento. La ley contempla que el inicio de procedimientos como reorganización o insolvencia requiere la existencia de cesación de pagos o incapacidad de pago inminente, evaluada con base en criterios financieros objetivos.