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¿Se pueden adicionar recursos a un convenio solidario cuando los imprevistos de ejecución superan el límite de la menor cuantía?: Colombia Compra

Escrito por  May 26, 2025

La Entidad precisa que los recursos de un convenio solidario pueden ser adicionados si surgen imprevistos durante la ejecución que requieran aumentar los fondos y superar el límite de la menor cuantía de la entidad, siempre con el fin de asegurar la terminación de la obra. Respecto a la seguridad social, conforme al artículo 50 de la Ley 789 de 2002, para que exista la obligación de cotizar al sistema integral de pensiones, salud y riesgos laborales debe mediar una retribución económica. Si el personal aportado por la organización comunal no recibe remuneración, no está obligado a cotizar, igual que el representante legal que actúe como dignatario sin recibir salario u honorarios. Solo si reciben algún tipo de compensación económica derivada del convenio, deben afiliarse y realizar aportes.

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Modificado por última vez en Domingo, 25 Mayo 2025 20:19