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CRA: principios que rigen la oferta de descuentos en servicios públicos

Escrito por  Mar 20, 2025

La CRA permite a los prestadores de servicios ajustar tarifas, siempre que cumplan con los parámetros regulativos, sin necesidad de autorización adicional. Sin embargo, cualquier ventaja, incluidos descuentos, debe estar claramente definida en el contrato de condiciones uniformes. Además, estos ajustes deben ser equitativos y aplicarse sin discriminación entre usuarios, garantizando un trato igualitario dentro del área de prestación del servicio. La Superintendencia ejerce la vigilancia necesaria para asegurar el cumplimiento de estas normas.

La oferta de descuentos en servicios públicos, como el aseo, está fundamentada en principios de libre competencia y regulación estatal, según lo establecido en la Constitución Política de Colombia y la Ley 142 de 1994. El artículo 333 de la Constitución garantiza la libertad económica y la competencia, siempre dentro de los límites del bien común. La Ley 142 define que los servicios públicos pueden ser ofrecidos por el Estado, comunidades o particulares, promoviendo la competencia para mejorar eficiencia y calidad.

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Modificado por última vez en Miércoles, 19 Marzo 2025 20:29