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¿Cuál es el fundamento jurídico para celebrar convenios directos con empresas de servicios públicos para otorgar subsidios a costos de conexión domiciliaria del servicio de gas combustible y su financiación?: SSPD

Escrito por  Dic 16, 2024

La masificación del servicio de gas combustible busca expandir la conexión a estratos de menores ingresos, garantizando su acceso a un servicio asequible. Para ello, se autoriza a las entidades oficiales a celebrar contratos especiales que permitan transferir la propiedad o uso de bienes destinados a la prestación de servicios públicos. Las entidades tienen la autonomía administrativa para determinar cómo otorgar subsidios para cubrir costos de conexión, en línea con lo estipulado en la Ley 142 de 1994 y otras normativas relacionadas.

Además, se resalta que los municipios, departamentos y la Nación pueden financiar subsidios para los costos de conexión, incluyendo redes internas y otros gastos asociados. La responsabilidad de las empresas de servicios públicos incluye la construcción y mantenimiento de las redes de distribución. Aunque la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios no puede exigir aprobación previa de contratos, se reafirma que las entidades locales tienen la competencia para gestionar sus intereses y aplicar los procedimientos adecuados para el otorgamiento de subsidios.

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Modificado por última vez en Domingo, 15 Diciembre 2024 15:44