El ministerio de Salud estableció un reglamento técnico que regula los contenidos máximos de grasas trans industriales y el uso de aceites parcialmente hidrogenados en alimentos envasados para consumo humano. Su objetivo es reducir las enfermedades cardiovasculares y proteger la salud de la población, alineándose con las directrices de la OMS y OPS. La normativa aplica a todos los alimentos envasados y sus ingredientes, y establece responsabilidades para quienes participan en su procesamiento y comercialización. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) es el encargado de la inspección y control, con la facultad de imponer sanciones por incumplimiento. Además, se deroga la Resolución 2508 de 2012, y se establece un período de transición de 18 meses para la adaptación a las nuevas disposiciones. La resolución también excluye las grasas trans naturales del cálculo para el sello de advertencia "EXCESO EN GRASAS TRANS", basándose en recomendaciones de la OPS y políticas de alimentación saludable en Colombia.