Las reglas y condiciones bajo las cuales se pueden constituir y operar las empresas de servicios públicos domiciliarios, según el concepto de la SSPD y la normativa relevante incluyen: cumplimiento normativo, forma societaria (En el caso de las SAS, es posible que haya un único accionista), constitución, régimen jurídico que incluye aspectos como la obtención de concesiones, permisos y licencias necesarios para operar, según la naturaleza del servicio prestado.
La libertad de empresa, permitiendo a las personas organizar y operar empresas para la prestación de servicios públicos dentro de los límites de la Constitución y la ley, regulación de funcionamiento, no exigencia de aprobación previa por parte de la SSPD y se permite la participación de Empresas Sociales del Estado (ESE) en la conformación de empresas de servicios públicos, lo que puede influir en la estructura y operación de estas entidades.
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