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SuperSociedades absuelve consulta sobre la autenticación de documentos en el proceso de constitución de sociedades, especialmente, en relación con el uso de la firma digital y las garantías jurídicas para los accionistas

Escrito por  Nov 18, 2024

La Superintendencia de Sociedades emitió un oficio aclarando el proceso de autenticación de documentos para la constitución de sociedades, en el que destacó que la firma digital puede reemplazar la presentación personal exigida por la Ley 1258 de 2008. Indica la Entidad que los documentos presentados, ya sean públicos o privados, se presumen auténticos, lo que facilita el registro sin necesidad de autenticaciones adicionales, salvo excepciones legales. Además, se enfatiza la importancia de verificar la identidad de los accionistas mediante mecanismos biométricos en casos presenciales. La entidad también resalta que, aunque la firma digital es válida, se deben considerar los riesgos asociados a la falta de evidencia de la participación personal de los accionistas en el proceso de constitución.

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Modificado por última vez en Domingo, 17 Noviembre 2024 20:20