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SuperSociedades explicó la normativa relacionada con la dirección de notificación judicial de las empresas

Escrito por  Oct 21, 2024

La Entidad responde a una consulta sobre si la normativa actual prohíbe que una empresa tenga más de una dirección de notificación judicial registrada. La entidad aclara que no existe una prohibición explícita en la Circular Externa 100-000002 del 25 de abril de 2022 respecto a cuántas direcciones puede tener una sociedad para notificaciones judiciales. La Entidad destaca que las personas jurídicas de derecho privado deben registrar en la Cámara de Comercio la dirección donde recibirán notificaciones, así como una dirección electrónica. Además, se menciona que, si se registran varias direcciones, la notificación puede realizarse en cualquiera de ellas. La Superintendencia enfatiza que sus respuestas son de carácter general y no vinculantes, y no resuelven situaciones particulares ni constituyen asesoría legal. El documento también hace referencia a varios artículos del Código de Procedimiento Administrativo y del Código General del Proceso que regulan el proceso de notificación judicial y el derecho de petición en la modalidad de consulta.

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Modificado por última vez en Domingo, 20 Octubre 2024 22:12