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Precisiones de la SuperSociedades en cuanto a apoderados con licencia temporal en procesos de insolvencia

Escrito por  Jul 22, 2024

Aunque los procesos de insolvencia adelantados por la SuperSociedades sean de única instancia, no se encuentran contemplados dentro de los asuntos excepcionales la intervención como apoderados los egresados de una facultad de derecho portadores de Licencia Temporal. Tampoco tendría sentido exigir que quien representa al acreedor en virtud de una representación legal –tratándose de una persona jurídica-, fuera abogado.  Ahora bien, caso diferente -se reitera-, ocurre cuando por su propia voluntad el acreedor, que podría obrar directamente, decide acudir a los servicios de un apoderado judicial, por cuanto en este caso se deberán respetar requerimientos legales previstos para el ejercicio de la aludida profesión, a los cuales se ha hecho referencia en el presente concepto.

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