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Consejo de Estado estudió los requisitos, alcance, efectos y noción de la suspensión del proceso por prejudicialidad

Escrito por  Ago 15, 2023

 “Para la suspensión del proceso por prejudicialidad en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, se debe acreditar que la sentencia que debe proferirse en el proceso depende de la decisión de otro proceso, puesto que la cuestión debatida en este último resulta

determinante y definitiva para el primero; se debe demostrar la existencia del segundo proceso por el cual deba darse la suspensión; y el proceso que se pretenda suspender se encuentre en etapa de dictar sentencia”; así lo señala la providencia en la que se indicó que “la figura jurídica de la prejudicialidad implica la suspensión temporal de la competencia del juez en un caso concreto, hasta tanto se decida otro proceso pues su resolución tiene incidencia en el proceso que se suspende, lo anterior con el propósito de no obtener decisiones contradictorias”.

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Modificado por última vez en Lunes, 14 Agosto 2023 21:01