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CE confirmó sentencia que declaró responsable fiscalmente a ex gerente de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, al omitir su deber de control en la construcción de un acueducto en este municipio en el año 2007

Escrito por  Mar 28, 2023

 En el presente caso, la parte demandada declaró responsable fiscal al entonces Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Yopal E.I.C.E.-E.S.P. que suscribió el contrato de obra en octubre de 2007 para la construcción del acueducto del sector San Rafael del

Municipio de Yopal, Casanare, e incurrió en culpa grave al omitir su deber de vigilancia y control de la obra con problemas iniciales de diseño, lo que fue determinante para que se materializara la afectación del patrimonio público, su omisión permitió que los recursos públicos pagados al contratista no cumplieran con la finalidad para el cual fue contratada, toda vez que el acueducto y la planta de tratamiento no operó, es una obra inconclusa que no ha sido puesta en funcionamiento y nunca ha prestado un servicio a la comunidad.

De acuerdo con la providencia “para que se pueda configurar la responsabilidad fiscal deben concurrir tres requisitos una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal, un daño patrimonial al Estado y que el daño al patrimonio sea consecuencia del actuar del gestor fiscal. Daño patrimonial En el caso sub examine, para la Sala es claro que se presentó un detrimento patrimonial del Departamento del Casanare con ocasión de la pérdida de (3.201.433.449.32 M/cte.) que fueron pagados por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal E.I.C.E.- E.S.P. a la UNIÓN TEMPORAL CARIBABARE, por la ejecución del contrato de obra Núm. 124 del 8 de octubre de 2007, el cual no obstante de haberse ejecutado algunos ítems, el acueducto del sector San Rafael no quedo en funcionamiento ni la obra cumplió con la finalidad para la cual fue contratada”.

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