establecer su perfil de Riesgo Residual. El control debe traducirse en una disminución de la posibilidad o probabilidad de acaecimiento del Riesgo LA/FT/FPADM o del impacto en caso de materializarse. Para controlar el Riesgo LA/FT/FPADM, las Empresas Obligadas deben adoptar, entre otras medidas, el establecimiento de metodologías y la creación de una Matriz de Riesgo LA/FT/FPADM para definir los mecanismos de control más adecuados y su aplicación a los Factores de Riesgo LA/FT/FPADM identificados”.