Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A, declaró la nulidad de los actos demandados dentro de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por la sociedad Inversiones Casa Blanca Perdomo y Cía. Ltda., contra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y Codensa S.A. E.S.P.
“Para la sociedad Codensa S.A. E.S.P., el contrato en virtud del cual su antecesora en la prestación del servicio de energía eléctrica en el departamento de Cundinamarca se comprometió a suministrarlo a perpetuidad en el predio Hacienda Tequendama está viciado de nulidad absoluta, la cual debe ser declarada de oficio, toda vez que pacta una obligación irredimible que contraviene el derecho púbico de la nación y contraría el artículo 37 Constitucional vigente para 1941, según el cual no puede haber en Colombia obligaciones de esa naturaleza”.