fin de que se garantice un verdadero “derecho al olvido” al titular de la información, preservando el derecho del titular, el cual resultaría afectado por el mantenimiento irrazonable y desproporcionado del dato negativo en el banco de datos o archivo correspondiente. también encontró que el proyecto no incurrió en vicios de trámite y, respecto a sus 15 artículos, hizo una serie de precisiones para ajustar el texto plenamente a la constitución”.