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Corte reiteró que que la sola afiliación al régimen contributivo de seguridad social de alguno de los miembros de un grupo familiar no elimina la condición de vulnerabilidad en la que se encuentra la población desplazada

Escrito por  Ago 17, 2021

“El pronunciamiento fue hecho al conceder una tutela a un ciudadano de 67 años, a quien la Unidad Administrativa para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) le suspendió la ayuda humanitaria, a pesar de que él y su familia se encuentran inscritos en el Registro Único de Víctimas (RUV) por desplazamiento forzado desde el 2010”.

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Modificado por última vez en Martes, 17 Agosto 2021 07:51