En los demás casos no es necesario formular esta pretensión, porque la reclamación no surge de no haber hecho la liquidación del contrato, sino de la demostración de incumplimientos o de otras circunstancias que dan lugar a solicitar un reconocimiento”. La providencia también analiza las figuras de: ofertas con precios artificialmente bajos, la liquidación del contrato no es presupuesto de procedibilidad para acudir a la jurisdicción, la Ruptura del equilibrio económico, la necesidad de acreditar un déficit global del contrato como presupuesto de reconocimiento de ruptura de equilibrio económico.