discrecionalidad para establecer el puntaje por apoyo a la industria nacional Establece el concepto que “Las entidades estatales conservan un margen de apreciación para: I) establecer el porcentaje de puntos que otorgarán a las ofertas de bienes o servicios nacionales, pudiendo optar por un porcentaje incluido entre el diez por ciento (10%) y el veinte por ciento (20%) del total de los puntos, es decir, respetando el mínimo y el máximo –o entre el cinco por ciento (5%) y el quince por ciento (15%) del total de los puntos para los bienes o servicios extranjeros que incorporen componente colombiano. Igualmente, las entidades estatales tienen discrecionalidad para II) definir el objeto del contrato de acuerdo con la necesidad detectada en la fase de planeación, de manera que puedan determinar si dicho objeto incluye bienes, servicios o una combinación de ambos.”