La Sección Tercera ratificó la decisión del Tribunal. Determinó que aun cuando el proceso estuvo basado en que el exgerente de EMCALI no adelantó concurso público, previo a la contratación, sino que dividió la operación en 19 contratos directos, en el fallo de segunda instancia quedó demostrado que no se produjo un daño patrimonial para la entidad contratante y, al contrario, el exfuncionario evitó un grave perjuicio para la administración pública. Además, dijo el Consejo de Estado, tanto la Fiscalía como la Procuraduría terminaron solicitando la absolución en este proceso penal, lo cual, en suma, da lugar a concluir que se produjo una falla del servicio que obliga a las entidades demandadas a resarcir el daño