Expresamente la reglamentación del sector de los servicios de agua potable y saneamiento básico, imponen el deber de instalación de redes primarias a los prestadores de tales servicios, y únicamente cuando exista acuerdo entre el prestador y el urbanizador, este último podría diseñarlas y construirlas, caso en el cual, los costos del diseño y construcción de la red matriz o primaria de acueducto y/o alcantarillado, deben ser cubiertos o retribuidos por el prestador.