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SSPD: empresas y usuarios tienen derecho de verificar el estado de instrumentos de medición

Escrito por  Jun 18, 2020

Los prestadores de servicios públicos tienen el deber permanente de verificar el estado de los instrumentos de medida, al punto que la Ley permite que los retiren temporalmente del inmueble en que se encuentran instalados, con el objetivo de verificar su estado.

Resulta oportuno recordar que, el artículo 145 de la Ley 142 de 1994 dispone que: Las condiciones uniformes del contrato permitirán tanto a la empresa como al suscriptor o usuario verificar el estado de los instrumentos que se utilicen para medir el consumo, obligarán a ambos a adoptar precauciones eficaces para que no se alteren, y se permitirá a la empresa, inclusive, retirar temporalmente los instrumentos de medida para verificar su estado.

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