La Corte Constitucional declara exequibilidad parcial del Decreto legislativo 530 de 2020 “Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en relación con el gravamen a los movimientos financieros a cargo de las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial y el impuesto sobre las ventas en las donaciones de ciertos bienes corporales muebles,
en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” en el entendido de que las medidas adoptadas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal que concluye el 31 de diciembre de 2021, de acuerdo con lo indicado en el parágrafo del artículo 47 de la Ley 137 de 1994.
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