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Interpretación jurídica de la SSPD sobre la facturación aplicada a suscriptores de unidad independiente y/o habitacional

Escrito por  Sep 22, 2020

La clasificación de usuarios y/o suscriptores como “unidad independiente y/o habitacional”, residenciales y/o comerciales, para efectos de la facturación, constituye un concepto distinto de aquél referido al “consumo del servicio”; ya que indistintamente de si hay o no producción de residuos sólidos, en el caso de aseo o consumos, para los otros servicios,

lo cierto es que, si físicamente el inmueble se ha dividido materialmente en varias unidades, según la visita de verificación efectuada por el prestador, así será considerado para efectos de facturación.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Septiembre 2020 10:54