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SSPD precisa las condiciones para que los usuarios verifiquen su consumo mediante medidores inteligentes

Escrito por  Oct 27, 2026

La SSPD subrayó el pleno derecho del usuario a la lectura directa de su medidor inteligente y al acceso a la información de consumo, sin limitarse únicamente al instrumento físico. Este derecho se complementa con mecanismos digitales de acceso, regidos por condiciones, canales y periodicidades regulatorias. Se confirma la posibilidad de que el usuario realice lecturas locales con equipos propios desde el puerto de información del medidor, utilizando la contraseña de acceso nivel 1, sin recurrir a la infraestructura del prestador. Esto se sustenta en la exigencia de protocolos abiertos e interoperabilidad en los sistemas AMI. Las empresas deben facilitar dicho acceso conforme a la regulación, garantizando la integridad de la información y del sistema, sin que la lectura directa altere automáticamente la facturación, pero sí empodere al usuario para la verificación y gestión de su consumo.

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Modificado por última vez en Lunes, 26 Octubre 2026 20:49