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¿Puede una S.A.S. acreditar la experiencia de uno de sus socios si tiene menos de tres años de constituida?: Colombia Compra responde

Escrito por  Jul 10, 2026

Colombia Compra Eficiente aclaró que las sociedades con menos de tres años pueden acreditar la experiencia de sus socios en el Registro Único de Proponentes (RUP), una medida de fomento empresarial. Esta prerrogativa se mantiene si el RUP se renueva constantemente, incluso después de que la sociedad cumpla los tres años. Sin embargo, si el RUP no se renueva oportunamente, la experiencia del socio no podrá reinscribirse. Además, para procesos sin exigencia de RUP, como mínima cuantía o subasta inversa, la entidad contratante puede aplicar la misma regla, permitiendo la acreditación de la experiencia del socio para evaluar la idoneidad del proponente.

Colombia Compra concepto 601-2026

Modificado por última vez en Jueves, 09 Julio 2026 19:40