La ANM precisó que, conforme al artículo 35 del Decreto 019 de 2012, si se solicita la prórroga de una Autorización Temporal para Explotación de Materiales de Construcción (ATEI) dentro del término legal y con todos los requisitos cumplidos, esta se entiende automáticamente prorrogada hasta que la autoridad adopte una decisión de fondo. Esta prórroga produce plenos efectos jurídicos, incluyendo la validez para acreditar la continuidad del título en trámites administrativos relacionados. La autorización temporal, vinculada a contratos de obra para vías públicas, tiene un plazo máximo de siete años y puede prorrogarse en función de la duración del contrato. La ANM no expide certificaciones automáticas sobre prórrogas, pero la información relevante puede consultarse en el Registro Minero.