La competencia de asegurar la prestación eficiente, continua y con calidad de los servicios públicos domiciliarios recae principalmente en los municipios, quienes deben velar por el uso racional del suelo y el desarrollo ordenado del territorio. La SSPD tiene funciones específicas de inspección, vigilancia y control sobre los prestadores de servicios, limitándose a garantizar el cumplimiento de las normas legales y técnicas vigentes. Las empresas deben otorgar viabilidad y disponibilidad inmediata de los servicios, fundamentando cualquier negativa en aspectos técnicos, jurídicos o económicos. En casos de negativa infundada, la SSPD puede ordenar la prestación de los servicios y sancionar a los prestadores. Además, se reconoce que no existe prohibición para que municipios y prestadores trabajen en asentamientos ilegales, siempre que se respeten otros bienes constitucionales como el ambiente sano y el orden público. Este marco busca un equilibrio entre el derecho de acceso a los servicios y la protección del interés general, dentro de un régimen normativo que involucra múltiples disposiciones legales