Colombia Compra Eficiente aclara que no existe prohibición legal para ceder un contrato estatal a una empresa constituida después de la adjudicación, siempre que cuente con autorización de la entidad contratante y cumpla con los mismos requisitos de idoneidad técnica, jurídica y económica exigidos al contratista original. No se establece un requisito de antigüedad mínima para ser cesionaria; lo trascendente es que el cesionario garantice el cumplimiento de las obligaciones contractuales conforme a los parámetros del proceso de selección inicial. La entidad estatal debe respetar principios como transparencia, selección objetiva e igualdad para evitar afectar el erario público aprobando cesiones sin los debidos requisitos. Finalmente, la cesión implica subrogación total o parcial del cesionario en los derechos y obligaciones del cedente, previo permiso formal de la entidad.