Los usuarios pueden solicitar el desglose detallado de la factura conforme al Decreto 828 de 2007, pues la normatividad exige que en facturas que cobren varios servicios públicos se totalice por separado cada uno, permitiendo el pago independiente de servicios, salvo el aseo y alcantarillado que se deben pagar conjuntamente, salvo que exista reclamación formal previa. Asimismo, puede solicitar pagar únicamente el valor del servicio público domiciliario, excluyendo el impuesto de alumbrado público y la contribución de solidaridad; el prestador debe respetar esta solicitud y no puede suspender el servicio de energía por falta de pago de estos conceptos. No obstante, la contribución es obligatoria para prestadores y usuarios en ciertos estratos.