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A partir del año gravable 2025, se aplicará un descuento del 37% en el impuesto de renta para las entidades del Régimen Tributario Especial que donen alimentos y bienes de higiene a bancos de alimentos: DIAN

Escrito por  Feb 24, 2025

La DIAN precisa que, a partir del año gravable 2025, se aplicará un descuento del 37% en el impuesto de renta a las entidades del Régimen Tributario Especial que realicen donaciones de alimentos aptos para el consumo humano y bienes de higiene y aseo a bancos de alimentos. Esta medida está contemplada en la Ley 2380 de 2024, que modifica el artículo 257 del Estatuto Tributario.

Además, la normativa señala que los costos y gastos de transporte asociados a la donación también son deducibles, siempre que estén debidamente documentados y se detallen en el certificado de donación emitido por el donatario. Los donantes pueden incluir, dentro de la base de cálculo para el descuento, tanto el valor de los artículos donados como los gastos de transporte incurridos.

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Modificado por última vez en Domingo, 23 Febrero 2025 18:15