En el presente concepto la SSPD indica que obtener el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) para una empresa de servicios públicos no domiciliarios implica que la empresa puede formalizar su actividad como prestadora de servicios públicos, cumpliendo con los requisitos establecidos por la SSPD. Esto incluye la obligación de informar el inicio de sus actividades tanto a la respectiva comisión de regulación como a la Superintendencia, lo que se materializa mediante la inscripción en el RUPS.
La inscripción en el RUPS permite a la empresa ser reconocida oficialmente como prestadora de servicios, lo que puede facilitar su operación y acceso a regulaciones y beneficios específicos. Además, al obtener el RUPS, la empresa entra en un régimen de formalización que puede incluir un periodo de transición hacia el cumplimiento total de las normativas aplicables a los servicios públicos domiciliarios.
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