En el presente concepto Colombia Compra indica que no, el fuero de maternidad y lactancia no procede en los contratos de prestación de servicios suscritos con entidades públicas. Según la Agencia, las modificaciones introducidas por el artículo 6 de la Ley 2306 de 2023 son aplicables únicamente a las mujeres vinculadas por contrato laboral, ya que estas modificaciones afectan el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo, que regula las relaciones laborales. En consecuencia, el contrato de prestación de servicios no se rige por el Código Sustantivo del Trabajo y no otorga las prerrogativas propias de un contrato laboral, como el fuero de maternidad y los descansos remunerados durante el periodo de lactancia.