En el presente concepto la SSPD indica que la normativa establece que las organizaciones que prestan servicios públicos domiciliarios, como los acueductos veredales, son entidades sin ánimo de lucro y su capacidad para delegar voto en asambleas dependerá de lo que dispongan sus estatutos. Es importante revisar estos documentos para entender las reglas específicas que rigen la participación de los socios en la toma de decisiones.
En resumen, la normativa establece un marco legal que promueve la organización comunitaria para la prestación de servicios públicos, pero la aplicación de ciertas disposiciones, como la delegación de voto, está sujeta a las reglas internas definidas por cada organización a través de sus estatutos.
Descargar Documento