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SSPD indicó el marco legal aplicable a las notificaciones en este sector

Escrito por  Ago 27, 2024

 La SSPD entre otras conclusiones incorporadas en el concepto, indicó que, para el caso de las empresas prestadoras, a pesar de ser autoridades administrativas en el contexto de un contrato de servicios públicos, estas no están revestidas de facultades jurisdiccionales, por consiguiente, el proceso de notificación contenido en esta norma, no es aplicable a los actos administrativos proferidos por las empresas prestadoras como autoridad administrativa.

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Modificado por última vez en Lunes, 26 Agosto 2024 22:30